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José Luis 54

Se registró el 12/05/2023
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José Luis 54 01/06/24 11:20
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Marineta, yo lo he preguntado en el INSS y Emilio y no se cuanta más gente lo ha explicado aquí y tu incluso has encontrado con se rellenan las lagunas de cotización durante el periodo que estás de IP,  ya más no podemos hacer.Si tienes dudas lo mejor que puedes hacer es que te las resuelvan en el INSS 😃😃Un saludo 
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José Luis 54 01/06/24 10:57
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Hola Marineta, eso es fácil de contestar, tú tienes ahora 34,5 años cotizados con 60 años, cuando tengas 65 años tendrás 34,5 más 5 = 39,5 años cotizados, el requisito con la ley actual es para el año 2027 y posteriores tener 38,5 años así que puedes elegir con que pensión jubilarte a los 65 años.Un saludo 
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José Luis 54 01/06/24 09:52
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Buenos días Juan Carlos, espero que vaya todo muy bien este jueves, te deseo lo mejor y veo que lo tienes bastante controlado, aunque como bien dices cuando te gusta algo da mucha pena dejarlo.En cuanto a tu expediente puede desaparecer el punto 4 y el 5 por la condición de haber sido militar y quedarse en un expediente de seis puntos, incluso no te asustes si desaparece el expediente, es porque lo van a llevar entero en manual, creo recordar que ya le pasó esto último a otra persona que había sido militar.Un saludo 
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José Luis 54 31/05/24 23:31
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Granollers, muchas gracias por la información, Emilio y Cardiópata, iba a escribir exactamente lo mismo que habéis escrito vosotros así que comparto vuestra opinión.La verdad es que va sacando información muy interesante en este hilo para la revisión de IPsUn saludo y buenas noches a todos
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José Luis 54 31/05/24 22:00
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Hola, muchas gracias, estamos para ayudar😃😃, leo lo que dices pero al ser el régimen general no vale.Tiene que ser régimen general, agrario, autónomo, si trabajas en dos regímenes durante tu vida laboral tienen que hacer los cálculos fuera del sistema y por eso desaparece el punto 5.También pasa cuando has tenido una vida laboral compleja y te tienen que hacer los cálculos en manual Mi mujer, por ejemplo, no puede hacer la simulación de jubilación en tu seguridad social, le sale un mensaje que le dice que por tener una vida compleja tiene que realizar los cálculos un funcionario del INSS, no se puede hacer automáticamente Un saludo 
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